Legislación simplificada:

Reglamento de la UE sobre deforestación (EUDR)

Un alarmante 90% de la deforestación mundial se debe a la roturación de tierras para la agricultura. Esta tala generalizada de bosques causa graves problemas: daña nuestro clima al liberar carbono, destruye innumerables hábitats animales y vegetales, perjudica a los pueblos indígenas, altera los ciclos vitales del agua, arruina el suelo, pero también reduce la capacidad de la Tierra para absorber CO₂, lo que en última instancia la pone en peligro de muchas maneras.

Como los productos que consumimos en la UE pueden agravar este problema, la UE optó por adoptar medidas firmes para abordarlo a través del Reglamento de la UE sobre deforestación (RUE).Este esfuerzo no es del todo nuevo, en realidad empezó con un conjunto de normas más antiguo llamado Reglamento de la madera de la UE, que se centraba en acabar con la tala ilegal. Ahora, la ley de deforestación parte de esa base y se amplía para incluir una gama mucho más amplia de productos y materiales que son los principales motores de la deforestación.

¿Qué se considera deforestación?

Según la ley de deforestación, la deforestación se define específicamente como un cambio en el uso de la tierra. Cualquier terreno que estuviera clasificado como bosque y que haya sido talado después del 31 de diciembre de 2020 se considera deforestado. No importa si el bosque ha sido talado por la actividad humana o por fenómenos naturales

La ley de deforestación entró en vigor el 29 de junio de 2023 y, con ella, cualquier empresa que importe a la UE o exporte desde ella debe ahora demostrar que no procede de tierras recientemente deforestadas ni contribuye a dañar los bosques.

Productos cubiertos por la ley

La ley de deforestación se aplica a una lista específica de materias primas y sus productos derivados que son los principales impulsores de la deforestación.

Productos directamente cubiertos:

  • ganado
  • madera
  • cacao
  • soja
  • aceite de palma
  • café
  • goma

Y sus productos derivados

  • Piel/cuero
  • Chocolate
  • Neumáticos de goma
  • Muebles
  • Papel

A través de este enlace encontrará los códigos de producto (HS-code) de todos los productos incluidos en el EUDR:

Sobre qué deben informar las empresas

Si su empresa importa estos productos mencionados en el mercado de la UE o los exporta desde él, tiene que presentar una declaración de diligencia debida (DDS), en la que se estipule la siguiente información:

  • Los productos no proceden de tierras deforestadas recientemente (es decir, tierras desforestadas después del 31 de diciembre de 2020).
  • Los productos no han contribuido a la degradación forestal.
  • Los productos se fabricaron de acuerdo con la legislación pertinente del país de producción (incluidos los derechos humanos y los derechos de los pueblos indígenas).

Esto significa que los productores de los artículos mencionados tienen que poder proporcionar información precisa sobre dónde se fabricaron sus productos, incluidos datos de geolocalización, para verificar su condición de productos libres de deforestación.

El tiempo de transición

Para dar a las empresas tiempo suficiente para adaptarse, la UE ha añadido recientemente un periodo de gracia de 12 meses. Esto significa que la ley se aplicará plenamente:

A partir del 30 de diciembre de 2025 para grandes y medianas empresas.

A partir del 30 de junio de 2026 para las empresas más pequeñas (microempresas y pequeñas empresas).

La nueva ley de deforestación sustituye de hecho al antiguo Reglamento de la UE sobre la madera (EUTR), que estaba en vigor desde 2013 con el siguiente periodo de traspaso:

  • Para los productos de madera fabricados antes del 29 de junio de 2023, la antigua ley de la madera (EUTR) seguirá aplicándose hasta finales de 2027.
  • Para todos los demás productos, y para cualquier madera fabricada después de esa fecha, la nueva ley de deforestación entra en vigor en cuanto se aplica oficialmente.
Cómo cumplimos la normativa
Importante: Si suministran productos a un importador de la UE, éste debe presentar una DDS. El revendedor debe facilitar los datos necesarios.

Distribuidores en la UE

Los revendedores de la UE se consideran legalmente comerciantes. Compran y venden productos ya comercializados en la UE.

Sus obligaciones:

  • Conservar una referencia: Deben anotar el número de referencia de la Declaración de Diligencia Debida (DDS) de su proveedor.
  • Archivo de documentos: Es obligatorio conservar la documentación relativa al origen del producto y a los números de referencia por un periodo no inferior a 5 años.
  • No es necesario presentar una DDS propia: Los pequeños y medianos comerciantes no necesitan presentar su propia DDS - a menos que estén clasificados como "gran comerciante"
  • Responsabilidad jurídica: Siguen siendo legalmente responsables si resulta que un producto no cumple la EUDR, incluso si otra persona preparó la DDS.

Excepción: Los grandes operadores (por ejemplo, más de 250 empleados o más de 50 millones de euros de volumen de negocio) deben presentar su propia DDS, al igual que los operadores (como Solo midocean).

Revendedores fuera de la UE

Los revendedores de fuera de la UE no están sujetos directamente al EUDR, a menos que:

  • Exportar productos a la UE
  • Fabricar productos para el mercado de la UE

Obligaciones al exportar a la UE:

Deben facilitar a sus clientes de la UE información sobre el origen de los productos, entre otras cosas:

  • Geolocalización de las parcelas de producción
  • Prueba de producción sin deforestación

En algunos casos, deben preparar su propia DDS, sobre todo si actúan como productores.

Importante: Si suministran productos a un importador de la UE, éste debe presentar una DDS. El revendedor debe facilitar los datos necesarios.

Dependiendo del tamaño de la empresa, se aplican diferentes normativas. Todas las empresas deben administrar los números de referencia del informe de diligencia debida (DDS) que obtienen de sus proveedores y conservar esta información durante 5 años. Además, todas las empresas son legalmente responsables del informe de diligencia debida del producto, aunque lo haya facilitado su proveedor.

Sólo las grandes empresas (250> empleados o 50> millones de euros) necesitan tener su propio DDS.

Consulte el Reglamento EUDR completo aquí:

Toda la información facilitada en este artículo se basa en nuestro conocimiento e interpretación de los documentos oficiales. No se puede hacer ninguna reclamación legal basada en la información de este artículo.

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